3 de abril de 2023
CARTA INFORMATIVA NÚM. 2023-06
A TODAS LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
Rafael Sánchez Rodríguez, CICA, CAMS
Presidente Ejecutivo Interino
MODIFICACIONES EN AITSA RELACIONADAS CON METODOLOGÍA CECL
Como es de su conocimiento, las cooperativas deberán adoptar la metodología de pérdidas crediticias actuales esperadas (CECL), de acuerdo con la nueva forma contable ASU 2016-13, en los cierres de años fiscales que comienzan después del 15 de diciembre de 2022. Por tal razón, el Sistema AITSA ha sido modificado para que las cooperativas puedan reportar la provisión para préstamos incobrables bajo el CECL a partir del informe trimestral de marzo de 2023.
A continuación detallamos los cambios en AITSA relacionados con el CECL:
1. Las cooperativas deberán completar en el perfil de AITSA los nuevos campos relacionados con los métodos para calcular la reserva CECL por tipo de préstamos, según les aplique. También, aquellas cooperativas que acojan diferir el impacto del ajuste del primer día en el cálculo del Indicador del Capital Real, deberán completar en el perfil la cantidad del ajuste del primer día.
Para completar dicha información el usuario debe ir al perfil, seleccionar configuración e ir a la nueva sección Métodos para calcular la reserva CECL por tipo de préstamos:
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Luego de oprimir editar aparecerá un listado para que indiquen el método para calcular la reserva CECL por tipo de préstamos:
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Para indicar el método utilizado por tipo de préstamo, deberá oprimir editar y seleccionar el mismo del listado que muestra AITSA. Este paso lo deberá completar para cada uno de los tipos de préstamos que tenga en cartera la cooperativa.
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Luego de seleccionar el método para calcular la Reserva CECL para préstamos, oprima guardar:
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Cuando el método de estimación sea otro que no aparezca en el listado que provee AITSA, el usuario deberá indicar cual es el mismo:
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El método de estimación de reserva y el ajuste de primer día entrado en el perfil se reflejará en el Anejo de Reserva CECL y en el Anejo de Información Estadística, respectivamente.
El paso de entrar los métodos de estimación de reserva y ajuste de primer día se entrará al sistema una sola vez. En informes posteriores, el sistema tomará la información del perfil para indicar el método utilizado para la reserva CECL y para el cálculo del indicador de Capital Real bajo CECL, de la cooperativa haber acogido el prorrateo del ajuste del primer día.
2. En el módulo de Entradas Manuales, Sección de Estadística General, en la opción de Información Estadística General – se reflejará la cantidad del ajuste del primer día según indicado en el perfil de la cooperativa en AITSA.
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3. En el módulo de entradas manuales sección de Reserva de Préstamos Incobrables en la opción de Reserva CECL encontrará el nuevo anejo para reportar la reserva bajo la nueva forma contable:
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4. En el anejo de Reserva CECL, deberá entrar manualmente el número y cantidad de reserva según evaluada en base individual y en base agrupada para los diferentes tipos de préstamos que tiene la cooperativa. El Método de Estimación se reflejará en dicho anejo según indicado en el perfil de la cooperativa en AITSA. El sistema AITSA calculará automáticamente el número y balance de los préstamos en cartera, basado en el archivo de préstamos cargado a AITSA. El sistema también calculará automáticamente el número y cantidad total de reserva y la proporción de Reserva por tipo de préstamos.
Luego de entrar los datos manuales, según aplique, deberá oprimir guardar.
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5. Las cooperativas que acojan diferir el impacto del ajuste del primer día podrán ver en AITSA la evaluación CAEL con el efecto de dicho ajuste en el cálculo del indicador del capital real. Para ello, en el listado de los informes podrá general el CAEL CECL oprimiendo el círculo :
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A continuación ejemplo reporte CAEL CECL:
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Las cooperativas, con la excepción de las cooperativas con tamaño de activos menor de $10 millones, deberán completar el nuevo anejo de Reserva CECL. No obstante, y como conocen como funciona el sistema AITSA, las cooperativas menores de $10 millones en activos, aunque no están obligados a llenar dicho anejo deberán entrar al módulo de Reserva CECL y oprimir guardar para que el sistema luego les permita validar el informe.
Con relación al ajuste del primer día, le recordamos que como indica la Carta Circular 2023-01, las cooperativas que hayan realizado la implementación de CECL antes del 15 de diciembre de 2022 no podrán diferir el impacto del primer día en el cálculo del indicador del capital real. Por lo tanto, no tienen que llenar en el perfil el campo de ajuste del primer día. Si la cooperativa decide realizar el gasto de la implementación de CECL al cierre operacional 2023, no podrán diferir el impacto del primer día en el cálculo del indicador del capital real y no tienen que llenar en el perfil el campo de ajuste de primer día.
También, le informamos que permanecerá activo en AITSA el cálculo de Reserva de Préstamos Incobrables según el Reglamento de Contabilidad. Por lo que, las cooperativas que tengan morosidad en: préstamos comerciales hipotecarios, otros préstamos comerciales y en préstamos reestructurados deberán indicar la reserva determinada para estos tipos de préstamos. Además, deben indicar la reserva determinada en préstamos reestructurados sin atrasos en sus pagos. Esto es necesario porque son partidas de entrada de datos y no calculadas por el sistema AITSA y así puedan validar el informe. Dicho anejo permanece activo, ya que de éste el sistema toma la porción de la reserva de préstamos incobrables para préstamos no morosos (cuenta núm. 16523) para el cómputo de capital indivisible.
De tener alguna duda relacionada con esta carta informativa, favor de comunicarse con la Sra. Maribel Vicente por correo electrónico a través de mvicente@cossec.pr.gov.
mvs